Me reclaman una deuda judicialmente


23/4/24

Me reclaman una deuda judicialmente, ¿qué debo hacer?

En ocasiones nos encontramos ante una demanda judicial por impago, donde me reclaman una deuda judicialmente. Ante esta situación, cabe tener los conceptos claros y saber cómo actuar ante esa reclamación de deuda. Por ello, asesórate con un abogado de deudas.

Contesta a la demanda si estás en plazo

Cuando me reclaman una deuda judicialmente significa que estamos en un procedimiento judicial donde el acreedor pretende recuperar el pago de una deuda dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.

Nos encontramos pues, ante un juicio por deuda, en el que, como deudores, se nos habrá notificado esa reclamación de deuda para que en el plazo de 20 días se haga el pago requerido, o se formule la oposición.

Como demandados podemos hacer tres cosas:

  1. Pagar en plazo
  2. No hacer nada, lo que implicaría que se reconoce la deuda y, por tanto, posteriormente, se ejecutaría (artículo 816.1 LEC)
  3. Contestar a la demanda en el plazo de 20 días, oponiéndose a ella.

Si nos encontramos en plazo, debemos acudir a unos abogados de reclamación de deudas, para valorar la viabilidad de oponernos a la demanda de reclamación lo que implicaría una oposición.

1. Si los documentos aportados con la petición fueran de los previstos en el apartado 2 del artículo 812 o constituyeren un principio de prueba del derecho del peticionario, confirmado por lo que se exponga en aquella, el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al deudor para que, en el plazo de veinte días, pague al peticionario, acreditándolo ante el tribunal, o comparezca ante éste y alegue de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada. En caso contrario dará cuenta al juez para que resuelva lo que corresponda sobre la admisión a trámite de la petición inicial.

Artículo 815 Ley Enjuiciamiento Civil

¿Y si se me ha pasado el plazo para contestar? A continuación, te explicamos los efectos que tiene la contestación a la demanda fuera de plazo

Al reclamar deuda, uno de los puntos más importantes a tener en cuenta son los plazos, porque los efectos de la contestación a la demanda fuera de plazo son importantes.

Por ello, si me reclaman una deuda judicialmente deberemos contestar dentro del plazo establecido legalmente, que es de 20 días desde la notificación de la demanda.

Si se nos pasa el plazo para contestar, la demanda donde me reclaman una deuda judicialmente se entenderá como no contestada, y se nos puede rebeldía. La consecuencia de esto es:

  • No se pueden negar los hechos ni por tanto la deuda que la otra parte reclama
  • Todos los documentos que se hayan aportado con la contestación se tendrán como no presentados
  • Imposibilidad de solicitar periciales judiciales, ya que tienen que pedirse en la contestación a la demanda

1. El Letrado de la Administración de Justicia declarará en rebeldía al demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento, excepto en los supuestos previstos en esta ley en que la declaración de rebeldía corresponda al Tribunal.

2. La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.

Artículo 496 Ley Enjuiciamiento Civil

Sin embargo, en la audiencia previa, en el trámite para pedir prueba, la parte demandada que no ha contestado la demanda dentro del plazo establecido, podrá intentar pedir las pruebas que no tuviera en el momento de presentar la contestación.

¿Cómo pagar una deuda en el juzgado? A continuación, te lo explicamos

Una vez ya ha terminado el procedimiento por el que me reclaman una deuda judicialmente el siguiente paso es como pagar una deuda en el juzgado. Para ello, la ley establece un plazo de 20 días hábiles para hacerlo efectivo.

El pago se puede ejecutar mediante:

  • La cuenta bancaria del juzgado donde se consignan estos tipos de pagos
  • La cuenta bancaria del acreedor directamente

Será esencial que una vez vaya a realizarse el pago, éste quede acreditado ante el juzgado con toda la documentación necesaria. Una vez se haya acreditado con documentación que el pago se ha realizado, el juzgado procederá a archivar el caso.

El deudor debe abonar la reclamación de deuda en su totalidad en el juzgado, que será el encargado de notificar al acreedor del pago y se lo hará llegar. Además, será el juzgado quien nos emitirá un justificante de pago.

Por último, te explicamos cómo hacer una contestación demanda alegando compensación

Podemos encontrarnos en situaciones en las que me reclaman una deuda judicialmente, pero nosotros en la contestación podemos reclamar otra deuda a quien nos ha demandado, o bien pedir la compensación.

Para realizar una contestación a la de demanda alegando compensación debemos tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal del otro
  • Ambas deudas deberán consistir en una cantidad de dinero, o, siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad
  • Las dos deudas deberán estar vencidas
  • Ambas deudas sean líquidas y exigibles
  • Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor

Es por ello que resulta importante acudir a un abogado de reclamación de deudas cuando me reclaman una deuda judicialmente.

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