2/5/24
Un escrito de reconocimiento de deuda es un contrato entre el acreedor y el deudor, en el que el segundo reconoce adeudar una cantidad al primero, y se obliga a pagarla en un determinado tiempo.
Una de las opciones con la que nos podemos encontrar cuándo le reclamamos una deuda a otra persona es que esta quiera pagarla pero que no pueda hacer frente a la totalidad de la deuda.
Este tipo de documentos nos puede servir para aquellos casos en los que tengamos una deuda con un tercero que no esté acreditada. Por ejemplo, cuando hemos realizado un préstamo a un amigo o familiar.
A continuación pasamos a detallar los aspectos más importantes que debe contener un escrito de reconocimiento de deuda.
Los aspectos más importante a tener en cuenta a la hora de redactar un documento de reconocimiento de deuda son los siguientes:
Realizar un escrito de reconocimiento de deuda tiene numerosas ventajas, tanto para el acreedor como para el deudor.
Principalmente, ambas partes se ahorraran una cantidad de dinero importante en gastos asociados a un procedimiento judicial.
Para el acreedor, tiene un doble beneficio:
Es decir, no solo reconoce la existencia de la misma, sino que se vincula a la obligación del pago para su extinción.
Una jurisprudencia consolidada ha tenido buen cuidado de admitirlo y dotarlo de los requisitos que sean exigibles para su aplicación, entroncándolo con el «contrato reproductivo» o con el de «fijación jurídica», […] atribuyéndose al reconocimiento de deuda, sin llegar a constituir un negocio jurídico abstracto, una abstracción procesal que dispensa de probar la obligación cuya deuda se ha reconocido.
SAP Barcelona (Sección 13ª) de 6 mayo de 2015
Por lo que respecta al deudor, la principal ventaja es que se va ahorrar no sólo los gastos asociados a un procedimiento judicial, sino que también el importe de una eventual condena en costas.
Un aspecto a tener en cuenta en el momento en que realicemos un documento de reconocimiento de deuda es la posibilidad de dotar al mismo de carácter ejecutivo, siempre que se firme ante un notario.
Con ello lograremos que el acreedor no tenga que instar un procedimiento declarativo para la reclamación de la deuda reconocida. Nos dará la posibilidad de ir directamente a un procedimiento de ejecución de títulos no judiciales.
La principal diferencia entre ambos es que en el primero el juez deberá declarar la realidad de la deuda que tenemos acreditada, en cambio en el segundo pasaremos directamente a reclamar la deuda en un procedimiento de ejecución.
Cualquier tipo de deuda puede ser reconocida en un escrito de reconocimiento de deuda y compromiso de pago, una factura impagada, rentas de alquiler impagadas, prestamos entre particulares, en definitiva, todo tipo de deudas pueden ser reconocidas en un escrito de reconocimiento de deuda y compromiso de pago.
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